LEY 10/2021 DE 9 DE JULIO, DE TRABAJO A DISTANCIA

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COMUNICADO CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL COMUNITAT VALENCIANA

El día 10 de julio se ha publicado en el BOE la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de septiembre el Real Decreto-ley 28/2020, de trabajo a distancia, tras alcanzar un acuerdo en el marco del diálogo social. Posteriormente, el Pleno del Congreso convalidó el 15 de octubre el decreto ley para regular el teletrabajo, así como su tramitación como proyecto de ley para introducir enmiendas.

La regulación del teletrabajo ha culminado su tramitación parlamentaria mediante la aprobación de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia.

La disposición final primera, apartado 2, modifica el artículo 40 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, actualizando los importes de las sanciones laborales, que no habían sido objeto de revalorización desde el año 2000, en una proporción casi lineal y que se aproxima a un incremento general del 20%.

Entrada en vigor: 12 de julio de 2021, excepto el apartado dos de la disposición final primera, que modifica el artículo 40 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, que entrará en vigor el 1 de octubre de 2021.

BOE-A-2021-11472

BOE-A-2020-11043-consolidado